El Juzgado de Familia de Arica acogió la medida de protección presentada por el Programa Mi Abogado y ordenó al Servicio Mejor Niñez la intervención voluntaria de los 38 alumnos de quinto año del Colegio Adolfo Beyzaga Ovando, que recibieron una charla sobre sexualidad no acorde a su rango etario.
En el fallo, la magistrada Renée Portilla Maluenda estableció que la actividad cuestionada vulneró los derechos de los estudiantes, al incluir en una charla de carácter educativa sobre higiene y autocuidado, una encuesta sobre educación sexual.
“Se aplica como medida de protección el ingreso de los 38 niños y niñas individualizados en documentos adjunto, la intervención en programa especial ambulatorio del servicio de protección especializada del Servicio de Mejor Niñez, grupal, de carácter breve e intensivo –no más de 5 sesiones– que consideren la escucha activa de lo emergente respecto al evento, entrega de técnicas de autocontrol emocional, reeducación sexual acorde al rango etario (9 a 10 años) y acompañamiento parental”, ordena el fallo.
Añade que la intervención “será de carácter voluntaria tanto para los niños, niñas y progenitores y/o apoderados, quienes deberán dar expresamente su consentimiento a la intervención decretada en su favor, previa reunión con el Servicio de Protección Especializada de Mejor Niñez quienes deberán dar cuenta de la forma y objetivos de la intervención”. La institución deberá dar cuenta del cumplimiento de lo resuelto en el plazo de 60 días.
“En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 19.968, cítese a los apoderados de cada uno de los niños y niñas sujetos de esta medida de protección y al requirente a audiencia de explicación de sentencia para el día 08 de mayo de 2024 (hoy), a las 12.00 horas, en dependencias del Tribunal. Notifíquese mediante correo electrónico”, concluye el fallo.
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